Si quieres convertir un local en vivienda en Portugalete, ¡¡este es tu post!!
La Ordenanza Ordenanza municipal reguladora de la implantación del uso de vivienda en locales comerciales situados en edificios residenciales, describe las condiciones generales de autorización del uso de vivienda en plantas bajas.
Advertiros que todos lo locales convertidos en vivienda tendrá la consideración permanente de vivienda de protección pública tasada municipal
Aquí te dejo la ordenanza que regula que tienen que cumplir los locales en planta baja en Portugalete para convertirlos en viviendas, y mas bajo mi resumen y análisis:
¿Cuáles son entonces las condiciones para convertir un local en planta baja en vivienda en Portugalete cumpliendo las condiciones de la ordenanza?
¿Qué tiene que cumplir el local por ubicación para convertirse en vivienda?
1.-Han de estar ubicadas en terrenos clasificados como suelo urbano
2.- No puede estar en calles que estén recogidas como de interés comercial en el Plan Especial de Revitalización Comercial del municipio (PERCO).
3.- La edificación debe estar destinada preferentemente a usos residenciales en todas o la mayor parte de las plantas altas de las mismas.
4.- El local tiene que haber estado sin actividad comercial, industrial o de garaje-aparcamiento, al menos en 10 años.
5.- El local no puede ser colindante a otro local con actividad comercial, industrial o de garaje-aparcamiento.
Con estas limitaciones, el ayuntamiento ha emitido un listado de edificios en los que si se puede convertir las plantas bajas en vivienda, su cumplen con todo lo anterior.
¿Qué condiciones técnicas de habitabilidad tiene que cumplir la vivienda que se haga en el local?
1.- Dimensiones mínimas de la vivienda
El tamaño mínimo de la vivienda será las establecidas por la normativa de diseño de viviendas de protección oficial, en ningún caso inferior a 35 m² (útiles)..
Se entiende por vivienda mínima la compuesta por, como mínimo, de una habitación capaz para estar, comer y cocinar, un dormitorio, un cuarto de aseo completo y un espacio destinado a tendedero.
Con carácter general, la altura útil de la planta baja no podrá ser inferior a 2,50 m
2.- Ventilación e iluminación interior
No se admitirán viviendas interiores, considerándose como tales las que no tengan por lo menos la mitad de sus piezas habitables dando al exterior, a calles, plazas o espacios libres exteriores. La cocina, cuando constituya una pieza independiente en el programa funcional, se considerará como habitable a efectos de computar el número de piezas de la vivienda.
3.- Aislamiento acústico.
Deberá cumplir el CTE
4.- Privacidad, seguridad, accesos y elementos comunes.
Solo se permitirá el cambio de uso en aquellos locales que tengan su acceso desde un elemento privado o semiprivado (patio exterior, zona privada libre de edificación, soportales de uso privado), prohibiéndose expresamente el cambio a uso residencial en locales a los que únicamente pueda accederse desde la vía pública.
Con carácter general, el acceso a las nuevas viviendas deberá efectuarse desde el portal común al resto del inmueble.
¿Qué condiciones técnicas de las instalaciones tiene que cumplir la vivienda que se haga en el local?
1.- Condiciones de la cocina
La cocina deberá tener ventilación natural compuesta de ventana exterior practicable o puerta exterior, así como de un sistema adicional para la evacuación por cubierta de humos y gases producidos por la cocción.
Este sistema consistirá en un extractor mecánico conectado a un conducto vertical independiente.
En caso de no ser posible se exigirá un grupo filtrante sin salida de humos, con filtro de carbón.
2.- Evacuación de humos
En ninguna vivienda se permitirá la salida libre de humos, gases y vapores por fachadas ni por patios comunes que no sean ya usados para ventilar cocinas a través de balcones y ventanas, aunque dicha salida tenga carácter eventual.
La caldera será estanca o de tiro forzado.
¿Qué condiciones de estética tiene que cumplir la vivienda que se haga en el local?
1.- Tendedero
Queda prohibido el tendido de ropa a la vía pública o patio de manzana de acceso público, así como en balcones y terrazas
que den a dichos espacios.
2.- Tratamiento de los locales
Las nuevas fachadas de los locales deberán armonizar con la completa del edificio, desde la rasante de la acera hasta la cumbrera de la cubierta. En el caso de bloques de tipología de edificación abierta, se deberá tener en cuenta que constituyen una única unidad compositiva.
6.- ¿Cuáles son las calles de interés comercial en el Plan Especial de Revitalización Comercial del municipio (PERCO) donde no se puede convertir un local en planta baja en vivienda?

7- ¿Cuáles son los edificios donde se puede convertir un local en planta baja en vivienda?
Aquí os dejo el listado:
C/Abatxolo 13
GP/Alonso Allende 1
GP/Alonso Allende 2
GP/Alonso Allende 6
GP/Alonso Allende 7
GP/Alonso Allende 8
GP/Alonso Allende 10
GP/Alonso Allende 11
GP/Alonso Allende 14
GP/Alonso Allende 15
GP/Alonso Allende 17
GP/Alonso Allende 20
GP/Alonso Allende 21
GP/Alonso Allende 22
GP/Alonso Allende 23
GP/Alonso Allende 24
C/Arturo Kanpion 2
C/Azeta 7
C/Barrengoitia 2
C/Buenavista 1
C/Buenavista 3
C/Carmen Gandarias 2
C/Carmen Gandarias 4
C/Carmen Gandarias 6
C/Carmen Gandarias 8
C/Carmen Gandarias 12
C/Danok Bat 2
C/Doctor José Zaldua 6
C/Doctor José Zaldua 15
C/Dr. Fleming 1
C/Dr. Fleming 2
C/Dr. Fleming 4
C/Francisco Pizarro 8
C/Francisco Pizarro 10
C/Francisco Pizarro 12
Pz/Gabriel Celaya 3, 4
Pz/Gabriel Celaya 5, 6
Pz/Gabriel Celaya 7, 8
PZ/Juan José Conde Pelayo 1
PZ/Juan José Conde Pelayo 3
PZ/Juan José Conde Pelayo 7
PZ/Juan José Conde Pelayo 11
C/Julio Gutiérrez Lumbreras 6
AV/Kanpanzar 11
C/La Atalaya 2
C/La Atalaya 4
C/La Atalaya 15
C/Lepanto 1
C/Lepanto 2
C/Lepanto 3
C/Maquinaria 3
C/Maquinaria 3, 5
C/Maquinaria 5
C/Maquinaria 7
C/Maquinaria 7, 9
C/Mariano Ciriquiain 1
C/Mariano Ciriquiain 5
C/Mugakoa 1, 3, 5, 7, 9
C/Mugakoa 6
C/Mugakoa 8
PZ/Padre Cortazar 5
PZ/Padre Cortazar 6
C/Palangreros 17
AV/Peñota 3
AV/Peñota 4
AV/Peñota 6
C/Sancho Archiniega 2
C/Sancho Archiniega 10
C/Sancho Archiniega 13
C/Sancho Archiniega 22
C/Sancho Archiniega 24
C/Sancho Archiniega 26
C/Sancho Archiniega 28
C/Sancho Archiniega 30
C/Tubos 2
PZ/Urdibai 1
PZ/Urdibai 2, 4, 6
PZ/Urdibai 3, 5
PZ/Urdibai 7
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Hola ,tengo una lonja en general Castaños 107 y según el mapa no entra dentro de las calles protegidas ,pero tampoco viene en las calles q si se pueden convertir en vivienda..
Y la lonja colinda con otra lonja en la cual pudiera estar interesada para ampliar la mía ,pero linda con una peluquería,en este caso no se podría convertir en vivienda ?
os contestamos por email