Con la crisis que se avecina, sois muchos los que me preguntan si podes alquilar habitaciones de vuestra viviendas a turistas, si vuestra viviendas es de protección oficial (VPO)
Primero voy a aclarar ciertos conceptos para que entendáis la respuesta, que no es una:
- Para alquilarse en AIRBNB, Booking…,al ser plataformas para alojamientos turísticos, se tiene que estar registrado en el REATE (Registro de Empresas Acreditadas Turísticas de Euskadi).
- La Ley 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda que regula las VPO dice:
“Artículo 38.– Requisitos previos para los actos de disposición.
1.– No podrán formalizarse actos de transmisión de dominio o de cesión de uso de viviendas de protección pública y anejos, en su caso, vinculados a ellas si no se ha obtenido previamente su calificación definitiva. Los actos que infrinjan esta prohibición serán nulos.
2.– Las viviendas de protección pública que hayan sido adjudicadas en propiedad o en derecho de superficie, cualquiera que sea el tipo de promoción, no podrán ser cedidas en arrendamiento, en precario o mediante cualquier otro título de cesión de uso por su adjudicatario, salvo autorización expresa del órgano competente en materia de vivienda del Gobierno Vasco.
Se permiten, no obstante, los subarriendos coyunturales y cesiones temporales de uso de alguna o algunas habitaciones de la vivienda siempre que siga manteniéndose esta como residencia habitual y permanente de su adjudicatario o adjudicataria y ello no dé lugar a situaciones de incumplimiento de la función social contempladas en la presente norma legal.
- Dentro de las plataformas AIRBNB, Booking…se puede alquilar la vivienda integra o por habitaciones.
Por tanto, deberíais seguir estos pasos:
1º Pedir permiso a ETXEBIDE de forma escrita para alquilar 1 o 2 habitaciones de tu vivienda debido a tu situación laboral.
2º Registrar tu vivienda como alquiler de habitaciones para uso turístico en vivienda particular en el REATE (aquí te explico cómo) adjuntando el documento en el que ETXEBIDE os da permiso para el alquiler de las habitaciones.
3º Anunciar en estas plataformas como alquiler de habitaciones con el número de registro del REATE.
Recuerda que tienes que estar empadronado y ser tu vivienda habitual
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