Con la entrada en vigor del nuevo decreto 101/2018 que regula el procedimiento de legalización de viviendas turísticas en Euskadi, se ha mejorado el registro telemático de las viviendas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Euskadi (REATE)

Si ya tienes tu numero de registro del REATE, bien para alquiler integro o por habitaciones, solo tienes que adaptar tu vivienda al nuevo decreto, y eso lo explico en este otro post.

Así que os dejo paso a paso el procedimiento telemático, para ello tendréis que tener preparado la siguiente documentación:

  1. Certificado digital (DNI electrónico, IZENPE…)
  2. Lector de certificado digital
  3. Plano a escala realizado por técnico en soporte pdf
  4. Fotos del interior y el exterior de la vivienda con las placas identificativas de vivienda turística colocadas en el portal y en la vivienda.
  5. Acreditación del derecho de uso y disfrute o gestión de la vivienda en pdf (Escrituras de la vivienda, contrato alquiler…)
  6. Designación de la persona titular
  7. Comunicado del ejercicio de la actividad turística en la vivienda a la persona o personas propietarias. (Solo en el caso de varios propietarios de la vivienda)
  8. Certificado de empadronamiento de todas las personas empadronadas en la vivienda. (Solo en el caso de alquiler por habitaciones)
  9. Copia de las escrituras de constitución de la Sociedad (Solo en el caso de que el titular de la actividad sea una sociedad)
  10. Escritura apoderamieramiento Legal del representante legal. (Solo en el caso de que el titular de la actividad sea una sociedad)
  11. Copia del último recibo (en vigor) de la prima de seguro de responsabilidad civil
  12. Copia del certificado de seguro de responsabilidad civil
  13. Fotocopia de DNI del titular de la actividad
  14. Documentación acreditativa del poder de representación de la persona solicitante (solo en el caso de que el registro lo haga otra persona que no sea la titular de la actividad).

PASO 1

Una vez que tengáis toda la documentación preparada, entráis en la sede electrónica de turismo en el apartado de Declaración responsable de inicio de actividades turísticas, que podéis acceder directamente desde aquí:

Cuando entráis os pregunta si sois Titular o Representante.

En el caso de representante, este deberá estar autorizado por el titular de la actividad, rellenando este formulario

PASO 2

En la pestaña de Datos de notificación, podéis elegir que os lo comuniquen por carta o por vía telematica.

¡Cuidado! Si elegís la vía telematica solo tenéis 10 días naturales para subsanar la documentación

La comunicación se envía a la persona que hace la entrega de la documentación, sea el titular o el representante vía email o telefónica.

PASO 3

En la pestaña de Datos de la actividad podéis elegir entre vivienda o habitaciones. Y aparece la opción de si vuestra vivienda esta en medio rural ¡ojo!

De momento, aunque el Decreto 101/2018 dejaba fuera de las viviendas turísticas a las viviendas en medio rural o en casas de tipo logia rural, de momento se deja registrar ese tipo de viviendas como vivienda turística. Aunque parece ser que se les dará un carácter intermedio entre vivienda turística y casa rural

PASO 4

En la pestaña de Datos específicos tenéis que añadir la fecha de inicio de la actividad.

Y la capacidad de la vivienda

PASO 5

En la pestaña de Declaraciones responsables tenéis que aceptar  las casillas que correspondan con vuestra situacion, bien si eres dueño de la vivienda, cuentas con permiso o eres autorizado para tramitar el expediente

PASO 6

Una vez que completáis todas las pestañas anteriores, se pasa a la fase 3 de adjuntar los documentos.

Esta fase sera muy sencilla si tenéis todos los documentos preparados, ya que basta con darle al clip y localizar los archivos.

PASO 7 y ¡ultimo!

Ahora solo falta firmar digitalmente el envío de la documentación y……. ¡listo!

Después de que el técnico de turismo analice la documentación y este todo correcto, recibiréis un email para que hacedais a vuestro expediente y descarguéis el documento que os notifica oficialmente el numero de registro de vuestra vivienda turística.

Con este numero podéis comenzar inmediatamente la actividad.

Ahora turismo solicitara el informe favorable para la realización de la actividad de vivienda turística al ayuntamiento correspondiente, que tiene 3 meses para contestar.

Si el informe es favorable recibiréis por correo el documento oficial que os acredita para el desarrollo de la actividad turística.

¡Y eso es to to to todo amigos!