A la hora de cumplimentar los datos necesarios para obtener el Numero de Registro de Alquiler temporal, ya sea turístico o de temporada, el Registro de la Propiedad solicita que se indique el CRU o IDUFIR de la vivienda.
El CRU- Código Registral Único (antiguo IDUFIR – identificador único de finca registral), regulado en el artículo 9 de la Ley 13/2015, se configura como identificador único de las fincas registrales a nivel nacional, generado a partir de un sistema de identificador único diseñado por el Colegio de Registradores.
¿Cómo obtener el CRU o IDUFIR de tu vivienda.
Si las escrituras de tu vivienda son posteriores a 2008, seguramente aparecerá el CRU o IDUFIR identificado en ellas, o estará en la nota simple registral de la vivienda que se incorpora a las escrituras.
Si las escrituras son anteriores a 2008, tendrás que buscar el CRU O IDUFIR en la nota simple registral de la vivienda. Puede ir al registro de la propiedad al que pertenece tu vivienda y solicitarla presencialmente o puedes solicitarla telematicamente.
Te explicamos como solicitar telematicamente la Nota simple registral de tu vivienda para conocer cual es el CRU o IDUFIR de tu vivienda.
1º Tienes que saber a que registro de la propiedad pertenece tu vivienda. Para ello entra aquí y escribe la dirección de tu vivienda.


Una vez que ya conoces el registro de la propiedad a la que pertenece tu vivienda, entra en la sede de registradores y clica en SOLICITUD DE NOTA SIMPLE

Ahora tienes que aportar los datos para la localización de la vivienda en el apartado «Buscar por otros datos» y clicar en BUSCAR


Te llevara a otra pantalla donde tendrás que indica si actúas en nombre propio y para que solicitas la nota simple.
Como veras te indica también el importe para la obtención de la nota simple que es de 9,02€

Te llevara a otra pantalla donde tendrás que indicar tus datos de facturación de dichas tasas

[…] Añadir datos inmueble. Tienes que añadir el CRU o IDUFIR de la vivienda. Aquí te explicamos como […]
Eso pienso yo también, por eso quería saber si esas normas nuevas que ha puesto el ayuntamiento tienen caracter retroactivo.
Hola
En Suances tengo un apartamento con la licencia turística desde hace 5 años, ahora con la nueva Ley de registro único en el ayuntamiento me dicen que no me lo dan porque es un segundo, eso es legal??si ya me dieron la licencia en su día las nuevas normas tienen carácter retroactivo??
Un saludo y gracias si alguien me lo puede aclarar.
En teoria la fecha que vale es la del registro en turismo de la comunidad autonoma, y en esa fecha cumplias lo que decia el ayuntamiento.