¡¡CAMBIO EN EL FORMATO DE COMUNICACIÓN DEL NUMERO DE REGISTRO DE LAS VIVIENDAS TURÍSTICAS EN EL PAÍS VASCO!!
Desde la entrada en vigor del Decreto 101/2019 se esta comunicando desde turismo el numero de registro en el REATE, ahora esta comunicación ha vuelto a cambiar su formato.
El nuevo documento oficial, es como este:
Comunicación del número de registroEn este nuevo formato se recalca la obligatoriedad de indicar el numero de REATE en toda publicidad factura de la vivienda turística:
Al mismo tiempo, se le recuerda que, según el artículo 24.7 de la Ley 13/2016 de 28 julio de Turismo, las empresas y establecimientos turísticos tienen la obligación de incluir el número de identificación en el REATE en todo tipo de publicidad que anuncie el servicio turístico prestado en la empresa y en todo documento o factura que elabore, en cualquier medio, soporte, sistema, canal de oferta turística o fórmula que tenga establecida o establezca para contratarlo.
Bajo la amenaza de sanciones si no se realiza:
Si la Administración turística de Euskadi detectara el incumplimiento de este requisito, sería de aplicación lo dispuesto en el Título VII de la Ley 13/2016, de 28 de julio, de Turismo, relativo a la Disciplina Turística.
Es decir:
Artículo 94. Infracciones graves.
Se consideran infracciones graves:[…]
25. Realizar publicidad de empresas o de establecimientos turísticos sin hacer constar su número de inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Euskadi o en su caso código identificativo de agencias de viajes, una vez notificado el mismo por la Administración turística de Euskadi.
26. Comercializar actividades o servicios turísticos sin que la persona titular de los mismos disponga de la correspondiente habilitación.
Artículo 100. Cuantificación de las sanciones.
b) Las infracciones graves se sancionarán con multas de entre 10.001 euros y 100.000 euros.
También se indica que:
La inscripción en el REATE se realiza sin perjuicio del posterior procedimiento de comprobación del cumplimiento de los requisitos exigibles para el desarrollo de la actividad. Así, entre otras actuaciones, podrá requerírsele, en cualquier momento, que aporte la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos exigibles para el ejercicio de la actividad declarada, podrá realizarse una visita de inspección de la actividad.
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¿Cuanto tardan en darte el número desde el envío del formulario? Gracias.
de 4 dias a 1 semana, depende de la carga de trabajo del departamento de Turismo
Hola, muchas gracias por el blog, es muy útil.
Hace poco he registrado mi vivienda turística, ya tengo la comunicación del numero de vivienda. El tema es que estoy pensando en hacer alguna reforma aprovechando los meses de menos actividad, para acondicionar un segundo baño completo y así poder ampliar la capacidad (tenemos metros para 6 personas, pero solo un baño completo que nos limita a 4).
En el decreto habla de que las modificaciones deben ser comunicadas de manera previa, pero la verdad no me queda muy claro cómo se debería hacer.
Supongo que debemos comunicarlo mostrando el proyecto de reforma y la fecha esperada de reinicio de la actividad?
Muchas gracias!
Buenos dias, gracias la verdad que nos da mucha satisfacción seros útiles.
En principio tienes que avisar del periodo en el que vas a estar sin actividad. Una vez terminada la obra, se tiene que añadir documentación al expediente (nuevo plano, fotos de como ha quedado tras la reforma y una nueva declaración responsable con el cambio del numero de plazas y del numero de baños), métete en el este link donde tienes toda los formularios, accesos y documentación que se solicita para hacer cambios en tu registro de vivienda turística. Un saludo, Amaya