A la hora de mejora la eficiencia energética de nuestra vivienda tenemos que conocer cuales son las reformas que mejoran la eficiencia energética de nuestra vivienda.
Estas mejoras lograran un ahorro tanto a nivel energético como económico, así como un confort inmediato e ir obteniendo las consiguientes mejoras medio ambientales
¿Cómo podemos saber que mejoras hacer en nuestra vivienda?
Gracias a los certificados energéticos y auditorias de eficiencia energética podemos saber que carencias tiene nuestra vivienda y cuales son las reformas mas efectivas a realizar.
Por eso SURBISA, a través de las ayudas de la Lineal Verde A+, subvenciona la realización de certificados energéticos y auditorias energéticas para ayudarnos a crear la hoja de ruta para conseguir que nuestras viviendas y edificios sean mas eficientes.
El 26 de octubre de 2022 se publicaron las bases que regula las ayudas de la Línea Verde A+ para la regeneración de espacios urbanos privados y la rehabilitación energética edificios y viviendas de propiedad privada, en Bilbao.
Os dejo aquí las bases, y después el resumen con los puntos mas importantes de las ayudas Linea verde A+ de SURBISA
En Bilbao SURBISA regula diferentes programas de ayudas para la rehabilitación a nivel de edificio y de viviendas.
- 2.1 Redacción de certificado de eficiencia energética en edificios residenciales existentes de propiedad privada en Bilbao
- 2.2. Redacción de auditoria energética en edificios residenciales existentes de propiedad privada en Bilbao
- 2.3. Realización de pequeñas intervenciones que tengan impacto directo en el ahorro energético de las viviendas de propiedad privada en Bilbao.
- 2.4. Realización de pequeñas intervenciones en edificios que tengan impacto directo en el ahorro energético
SURBISA pretende impulsar un plan para la obtención de estos documentos energéticos que serán obligatorios para todas las viviendas y edificios a corto y medio plazo.
Este plan tiene dos vertientes:
- Impulsar una auditoría energética, para conocer el estado energético del inmueble con lo que se contribuirá a la adquisición de las medidas de mejora en ahorro energético
- Incentivar la realización de pequeñas intervenciones de eficiencia energética en los edificios y viviendas de Bilbao, repercutiendo directamente en el gasto de energía y por tanto logrando un ahorro para el usuario tanto a nivel energético como económico, así como un confort inmediato e ir obteniendo la consiguientes mejoras medio ambientales.
Estas obras en edificios, si estuvieran dirigidas a mejorar los índices de ahorro de energía primaria en las viviendas, tal y como se recoge para tal fin por los Fondos Next Generation, podrán ser tenidas en cuenta para el Programa 3 que regulen las ayudas destinadas a actuaciones de mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad de los edificios, siempre que cumplan con los requisitos de dicha normativa.
Este plan dispondrá de una partida presupuestaria de 200.000 euros que servirá de apoyo al Programa impulsado desde Europa con los Fondos Next Generation (en adelante, NGEU), que busca la rehabilitación de las viviendas y edificios en condiciones de eficiencia energética.
Para todas las ayudas es necesario que, el edificio objeto de intervención o el edificio en que se ubique la vivienda objeto de intervención debe tener una antigüedad mínima de 10 años y este en Bilbao
2.1 Redacción de certificado de eficiencia energética en edificios residenciales existentes de propiedad privada en Bilbao
La realización del documento suscrito por técnico competente que contenga la información sobre las características energéticas, la calificación de eficiencia energética y las recomendaciones de posibles intervenciones individualizadas de cada edificio para
la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética de un edificio de uso residencial de propiedad privada, de conformidad a lo establecido en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio.
Asimismo, la presentación del certificado de eficiencia energética para su control y registro en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética del País Vasco.
Las recomendaciones incluidas en el certificado de eficiencia energética serán técnicamente viables y dirigidas a la obtención de la financiación recogida para tal fin por los Fondos Next Generation y, concretamente, en la Orden de 21 de junio de 2022, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, en la que se establecen las bases reguladoras de la convocatoria pública de las ayudas de los Fondos Next Generation con relación a los programas de ayudas de rehabilitación de los edificios residenciales para el fomento de su eficiencia energética, recogido en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.
Por lo que se diseñará un informe de viabilidad para la efectiva adopción de acuerdos por parte de la Comunidad Propietaria en orden a llevar a cabo las propuestas recomendadas. Dicho informe tendrá un contenido mínimo consistente en: análisis de mejoras, de acuerdo a la normativa NGUE; breve descripción de la obra; plazo de ejecución de la obra; y el coste de ejecución aproximado.
Quien puede pedir las ayudas
Podrán solicitar las ayudas las las Comunidades Propietarias de los edificios residenciales de propiedad privada del municipio de Bilbao.
Requisitos para la obtención ayudas
- Carecer de etiqueta energética o precisen mejorarla para alcanzar requisitos fondos NGEU.
- Que sea un edificio de más de 20 años.
- Que tenga la ITE realizada y subsanada.
- Solicitar a SURBISA una simulación de las ayudas Next Generation.
Actuaciones subvencionables
Serán actuaciones protegibles de 2022:
- Costos de honorarios técnicos
- Costos visados
- Gastos y tasas de inscripción en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética del País Vasco
- IVA.
Cual es el importe mínimo de la actuación para ser subvencionable.
No hay mínimo.
Cual es el importe subvencionable
Una subvención a fondo perdido equivalente al 100% del presupuesto protegible de la obra a realizar.
La cuantía máxima de la subvención será de 400 euros más 20 euros por vivienda, con un máximo de 2.000 euros.
Documentación necesaria para la solicitud de las ayudas
Junto con el impreso de «solicitud y declaración responsable», debidamente cumplimentado y firmado, deberá aportarse la siguiente:
- La persona representante aportará fotocopia de su DNI y del CIF de la Comunidad Propietaria.
- Documento justificativo del número de cuenta bancario y de su titularidad.
- Copia del Certificado de eficiencia energética.
- Informe de viabilidad conforme al modelo recogido en el Anexo I.
- Justificante de la inscripción en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética del País Vasco.
- Justificación documental de los costos:
- Factura desglosada de los honorarios profesionales (si no está desglosada se aportará presupuesto detallado y la factura) y de las tasas, si los hubiera. No se subvencionará importe alguno cuya factura o justificante
no se adjunte a la solicitud y no se admitirá ninguna otra aportada con posterioridad
- Factura desglosada de los honorarios profesionales (si no está desglosada se aportará presupuesto detallado y la factura) y de las tasas, si los hubiera. No se subvencionará importe alguno cuya factura o justificante
Donde solicitar las ayudas
Presencialmente en las oficinas de Surbisa en la calle Ronda número 6, para lo cual podrá solicitar una cita previa a través de la dirección de mail surbisaverde@surb.bilbao.eus o en el teléfono 944 159 955.
O por mail surbisaverde@surb.bilbao.eus
2.2. Redacción de auditoria energética en edificios residenciales existentes de propiedad privada en Bilbao
La realización de una auditoria energética previa del edificio para determinar las posibles medidas a adoptar para la mejora del ahorro y la eficiencia energética, la incorporación de sistemas de suministro energético centralizados o alternativos, así como
instalaciones destinadas al aprovechamiento de las energías renovables.
Deberán ser realizadas conforme a las normas aplicables de UNE-EN 16247-1 relativas a los requisitos de auditorías energéticas y habrán de reflejar los cálculos detallados y validados para las medidas propuestas, facilitando la información clara sobre el potencial de ahorro.
Por lo que se diseñará un informe de viabilidad para la efectiva adopción de acuerdos por parte de la Comunidad Propietaria en orden a llevar a cabo las propuestas recomendadas.
Dicho informe tendrá un contenido mínimo consistente en: análisis de mejoras, de acuerdo a la normativa NGUE; breve descripción de la obra; plazo de ejecución de la obra; y el coste de ejecución aproximado.
Tendrán que estar redactadas por auditores/as energéticos debidamente cualificados, conforme a lo establecido en el Real Decreto 56/2016, de 12 febrero, en lo referente a la acreditación de proveedores de servicios y auditores/as energéticos o disposiciones
de desarrollo o que la sustituyan
Quien puede pedir las ayudas
Podrán solicitar las ayudas las Comunidades Propietarias de los edificios residenciales de propiedad privada del municipio de Bilbao
Actuaciones subvencionables
Serán actuaciones protegibles de 2022:
- Costos de honorarios técnicos
- Costos visados
- Gastos y tasas de inscripción en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética del País Vasco
- IVA.
Requisitos para la obtención ayudas
- Carecer de etiqueta energética o precisen mejorarla para alcanzar requisitos fondos NGEU.
- Que sea un edificio de más de 20 años.
- Que tenga la ITE realizada y subsanada.
- Solicitar a SURBISA una simulación de las ayudas Next Generation.
Cual es el importe mínimo de la actuación para ser subvencionable.
No hay mínimo.
Cual es el importe subvencionable
Una subvención a fondo perdido equivalente al 100% del presupuesto protegible de la obra a realizar.
La cuantía máxima de la subvención será de 400 euros más 40 euros por vivienda, con un máximo de 3.000 euros.
Documentación necesaria para la solicitud de las ayudas
Junto con el impreso de «solicitud y declaración responsable», debidamente cumplimentado y firmado, deberá aportarse la siguiente:
- La persona representante aportará fotocopia de su DNI y del CIF de la Comunidad Propietaria.
- Documento justificativo del número de cuenta bancario y de su titularidad.
- Copia del documento de auditoria energética.
- Informe de viabilidad conforme al modelo recogido en el Anexo I.
- Justificante, en su caso, de la inscripción en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética del País Vasco.
- Justificación documental de los costos:
- Factura desglosada de los honorarios profesionales (si no está desglosada se aportará presupuesto detallado y la factura) y de las tasas, si los hubiera. No se subvencionará importe alguno cuya factura o justificante
no se adjunte a la solicitud y no se admitirá ninguna otra aportada con posterioridad
- Factura desglosada de los honorarios profesionales (si no está desglosada se aportará presupuesto detallado y la factura) y de las tasas, si los hubiera. No se subvencionará importe alguno cuya factura o justificante
Donde solicitar las ayudas
Presencialmente en las oficinas de Surbisa en la calle Ronda número 6, para lo cual podrá solicitar una cita previa a través de la dirección de mail surbisaverde@surb.bilbao.eus o en el teléfono 944 159 955.
O por mail surbisaverde@surb.bilbao.eus
2.3. Realización de pequeñas intervenciones en viviendas de propiedad privada de Bilbao que tengan impacto directo en el ahorro energético.
Serán actuaciones protegibles aquellas intervenciones que mejoren las condiciones de eficiencia y/o subsanen deficiencias en materia de ahorro de energía en las viviendas de titularidad privada, como las que a continuación se enuncian:
- Aislamiento de ventanas y/o balcones.
- Carpintería exterior que cumplan el CTE-HE 1: Valores límite de transmitancia térmica, Ulim [W/m²K] Ventanas: para zona climática C1 Bilbao 2,1 W/m²K.
- Sellado para mejorar el aislamiento de persianas y puertas.
- Rellenado con material de aislamiento de cámaras de aire de la vivienda.
- Sustitución de calderas cuando la fuente de energía por la que se sustituya sea más eficiente.
- Renovación de instalación eléctrica que tenga por objeto el rendimiento eficiente, así como la sustitución de lámparas halógenas, incandescentes o de alto consumo, por LED o fluorescentes compactas de bajo consumo.
Resultarán subvencionables las actuaciones cuyo inicio sea posterior al 1 de enero de 2022.
Quien puede pedir las ayudas
Podrán solicitar las ayudas las personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de viviendas de titularidad privada que se encuentren en el municipio de Bilbao.
Actuaciones subvencionables
Presupuesto protegible.
- Gastos de ejecución de contrata, coste de instalaciones y elementos de eficiencia energética.
- Costos de honorarios técnicos.
- Costos visado, gastos y tasas de inscripción en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética del País Vasco, impuestos y tasas municipales e IVA
Cual es el importe mínimo de la actuación para ser subvencionable.
El presupuesto mínimo exigible será de 500 euros.
Cual es el importe máximo de las ayudas
Máximo de 1.500 euros.
Cual es el importe subvencionable
Una subvención a fondo perdido equivalente al 50% del presupuesto protegible de la obra a realizar, con un máximo de 1.500 euros.
Documentación necesaria para la solicitud de las ayudas
Junto con el impreso de «solicitud y declaración responsable», debidamente cumplimentado y firmado, deberá aportarse la siguiente:
- Las personas solicitantes aportarán fotocopia del DNI.
- Fotocopia completa de la escritura o copia simple del Registro de la Propiedad en la que figuren las personas titulares de la vivienda y, en su caso, del contrato de arrendamiento.
- Justificante bancario o copia del número de cuenta.
- Justificación documental de los costos y de la realización de las obras:
- Factura desglosada de la intervención realizada (si no está desglosada se aportará presupuesto detallado y la factura), de las tasas e impuestos municipales y de los honorarios profesionales, si los hubiera. No se subvencionará importe alguno cuya factura o justificante no se adjunte a la solicitud y no se admitirá ninguna otra aportada con posterioridad.
- Copia de la licencia municipal de obras concedida. En caso de no ser necesaria dicha licencia, la correspondiente comunicación previa.
- Fotografías de antes y después de realizar las obras. En el caso de que la intervención a subvencionar consista en el insuflado o trasdosado de material aislante en la cámara de aire, habrá que añadir además fotos del proceso o realizadas durante el proceso.
Donde solicitar las ayudas
Presencialmente en las oficinas de Surbisa en la calle Ronda número 6, para lo cual podrá solicitar una cita previa a través de la dirección de mail surbisaverde@surb.bilbao.eus o en el teléfono 944 159 955.
O por mail surbisaverde@surb.bilbao.eus
2.4. Realización de pequeñas intervenciones en edificios de propiedad privada de Bilbao que tengan impacto directo en el ahorro energético de las viviendas.
Serán actuaciones protegibles aquellas intervenciones que mejoren las condiciones de eficiencia y/o subsanen deficiencias en materia de ahorro de energía en las viviendas de titularidad privada, como las que a continuación se enuncian:
- Aislamiento parcial de la envolvente exterior (medianeras, patios, cubierta…).
- Renovación de instalación térmica que tenga por objeto el rendimiento eficiente.
- Modificación de instalaciones para el uso de fuentes de energía más eficientes o renovables.
Quien puede pedir las ayudas
Podrán solicitar las ayudas las Comunidades Propietarias de los edificios residenciales de propiedad privada del municipio de Bilbao
Actuaciones subvencionables
Presupuesto protegible.
Gastos de ejecución de contrata, coste de instalaciones y elementos de eficiencia energética, costos de honorarios técnicos, costos visado, gastos y tasas de inscripción en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética del País Vasco, impuestos y tasas municipales e IVA
Cual es el importe mínimo de la actuación para ser subvencionable.
El presupuesto mínimo exigible será de 1.000 euros.
Cual es el importe subvencionable
Una subvención a fondo perdido equivalente al 50% del presupuesto protegible de la obra a realizar, con un máximo de 15.000 euros.
Documentación necesaria para la solicitud de las ayudas
Junto con el impreso de «solicitud y declaración responsable», debidamente cumplimentado y firmado, deberá aportarse la siguiente:
- La persona representante aportará fotocopia de su DNI y fotocopia del CIF de la Comunidad Propietaria.
- Copia de la licencia municipal de obras concedida. En caso de no ser necesaria dicha licencia, la correspondiente comunicación previa. No se admitirán licencias obtenidas o Comunicaciones Previas de Obra presentadas con posterioridad a la ejecución de las obras.
- Acta de la Comunidad propietaria en la que se aprueban las obras a realizar, en la que constará el importe del presupuesto aceptado.
- Informe de la Inspección Técnica del Edificio o edificios que constituyen la intervención, que deberá constar con sello que acredite su presentación. En caso de que en la ITE se requieran obras de grado 1, 2 o 3 deberá presentarse, además, el Certificado de Subsanación de Deficiencias de la Inspección Técnica del Edificio, con sello que acredite su presentación ante el Registro correspondiente. No será necesario aportar el Certificado de Subsanación de Deficiencias en el momento de la presentación de la solicitud de ayudas, si junto a la intervención que se va subvencionar se realizarán además actuaciones para la subsanación de las deficiencias de la ITE.
- Si la obra supera el importe de 40.000 euros: Tres ofertas de diferentes proveedores solicitadas, la justificación de la elección para el caso de que la adjudicación no haya recaído en la propuesta económica más ventajosa y copia del contrato para la ejecución de las obras.
- Presupuesto de obras adjudicado (de los gremios contratados) desglosado por partidas con indicación de la medición y el precio unitario de cada una.
- Plazo de ejecución de obras en contrato o presupuesto aceptado en el que figure expresamente el plazo de finalización, salvo que la obra esté ya finalizada.
- En el caso de que no esté contemplado en el contrato, se aportará calendario de ejecución de las obras. Éstas podrán haber sido iniciadas si bien se deben finalizar antes del plazo máximo que señale la convocatoria.
- En caso de que la obra lo requiera, copia del Proyecto de técnico o técnica competente visado.
- Fotografías en color del estado previo al inicio de las obras, de la zona del edificio a rehabilitar.
- Certificado de eficiencia energética del edificio en su estado previo a la ejecución de la obra firmado y registrado y etiqueta energética, conforme a lo previsto en la normativa vigente en materia de procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios.
- Informe de viabilidad conforme al modelo recogido en el anexo I.
- Documento justificativo del número de cuenta bancario y de su titularidad.
Una vez se finalicen las obras, o si están acabadas, además de la documentación anterior, deberán aportarse los siguientes documentos:
- Certificado de eficiencia energética del edificio tras la mejora expedido por personal técnico competente e inscrito debidamente.
- En el caso de que haya habido intervención técnica, certificado final de obras.
- Fotografías en color del estado final de las obras en la zona del edificio rehabilitado.
- Justificación documental de los costos:
- Factura desglosada de la intervención realizada (si no está desglosada se aportará presupuesto detallado y la factura), de las tasas e impuestos municipales y de los honorarios profesionales, si los hubiera. No se subvencionará importe alguno cuya factura o justificante no se adjunte a la solicitud y no se admitirá ninguna otra aportada con posterioridad.
- Certificado de subsanación de deficiencias de la Inspección Técnica del Edificio, en su caso.
Donde solicitar las ayudas
Presencialmente en las oficinas de Surbisa en la calle Ronda número 6, para lo cual podrá solicitar una cita previa a través de la dirección de mail surbisaverde@surb.bilbao.eus o en el teléfono 944 159 955.
O por mail surbisaverde@surb.bilbao.eus
2.5. Actuaciones de renaturalización de espacios en desuso.
Serán actuaciones protegibles las obras y/o intervenciones en edificios y en espacios urbanos privados en situación de desuso o degradación o de oportunidad transformadora, en los que se proyecte implementar soluciones basadas en la naturaleza y objetivos sostenibles que busquen la amabilización de dichos espacios para su reutilización y para la mejora de la calidad urbana de los mismos, de forma que se aprovechen los recursos naturales adaptándose al cambio climático, se transformen espacios rodados en peatonales, se gane espacio natural y de calidad urbana, se re naturalicen patios de manzana o cubiertas con ajardinamiento o soluciones similares.
Asimismo, y siempre que se cuente con el acuerdo necesario de las personas físicas o jurídicas propietarias o afectadas para propiciar la puesta en marcha de actuaciones en espacios urbanos, podrá considerarse como actuación protegible la exclusiva redacción del documento técnico o proyecto necesario de la actuación de renaturalización, sin necesidad de realizar las obras en los plazos establecidos en estas Bases.
Quien puede pedir las ayudas
Podrán solicitar las ayudas las Comunidades Propietarias de los edificios residenciales de propiedad privada del municipio de Bilbao
Presupuesto protegible.
Gastos de ejecución de contrata, coste de instalaciones y elementos de eficiencia energética, costos de honorarios técnicos, costos visado, gastos y tasas de inscripción en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética del País Vasco, impuestos y tasas municipales e IVA
Cual es el importe subvencionable
Una subvención a fondo perdido equivalente al 50% del presupuesto protegible de la obra a realizar, con un máximo de 15.000 euros.
Cual es el importe mínimo de la actuación para ser subvencionable.
El presupuesto mínimo exigible será de 1.000 euros.
Cual es el importe subvencionable
Una subvención a fondo perdido equivalente al 50% del presupuesto protegible de la obra a realizar, con un máximo de 15.000 euros.
Documentación necesaria para la solicitud de las ayudas
Junto con el impreso de «solicitud y declaración responsable», debidamente cumplimentado y firmado, deberá aportarse la siguiente:
- La persona representante aportará fotocopia de su DNI y fotocopia del CIF de la Comunidad Propietaria o de la entidad a la que represente.
- Acta de la Comunidad propietaria o Acuerdo suscrito por todas las partes interesadas en la que se aprueban las obras a realizar o la redacción de documentos a contratar, en la que constará el importe del presupuesto aceptado.
- Cuando la actuación subvencionable consista en la ejecución de obra (no redacción de documento técnico) y ésta recaiga sobre un edificio residencial, copia del Informe de la Inspección Técnica del Edificio o edificios que constituyen la intervención, que deberá constar con sello que acredite su presentación. En caso de que en la ITE se requieran obras de grado 1, 2 o 3 deberá presentarse, además, el Certificado de Subsanación de Deficiencias de la Inspección Técnica del Edificio, con sello que acredite su presentación ante el Registro correspondiente. No será necesario aportar el certificado de Subsanación de Deficiencias en el momento de la solicitud, si junto a la intervención que se va subvencionar, se realizan actuaciones para la subsanación de las deficiencias de la ITE.
- Documento justificativo del número de cuenta bancario y de su titularidad
- Cuando la actuación subvencionable consista en la ejecución de obras o en la implantación de instalaciones:
- Copia de la licencia municipal de obras concedida. En caso de no ser necesaria dicha licencia, la correspondiente comunicación previa. No se admitirán licencias obtenidas o Comunicaciones Previas de Obra presentadas con posterioridad a la ejecución de las obras.
- Si la obra supera el importe de 40.000 euros: tres ofertas de diferentes proveedores solicitadas, la justificación de la elección para el caso de que la adjudicación no haya recaído en la propuesta económica más ventajosa y copia del
contrato para la ejecución de las obras. - Presupuesto de obras adjudicado (de los gremios contratados) desglosado por partidas con indicación de la medición y el precio unitario de cada una.
- Plazo de ejecución de obras en contrato o presupuesto aceptado en el que figure el plazo de finalización, salvo que la obra esté ya finalizada.
- En el caso de que no esté contemplado en el contrato, se aportará calendario de ejecución de las obras. Éstas podrán haber sido iniciadas si bien se deben finalizar antes del plazo máximo que señale la Convocatoria.
- En caso de que la obra lo requiera, copia del Proyecto de técnico o técnica competente visado.
- Fotografías en color del estado previo al inicio de las obras, de la zona del edificio o espacio afectado por actuación.
Una vez se finalicen las obras, o si están acabadas, además de la documentación anterior, deberán aportarse los siguientes documentos:
- En el caso de que haya habido intervención técnica, certificado final de obras.
- Fotografías en color del estado final de las obras en la zona del edificio rehabilitado.
- Justificación documental de los costos:
- Factura desglosada de la intervención realizada (si no está desglosada se aportará presupuesto detallado y la factura), de las tasas e impuestos municipales y de los honorarios profesionales, si los hubiera. No se subvencionará importe alguno cuya factura o justificante no se adjunte a la solicitud y no se admitirá ninguna otra aportada con posterioridad.
- Certificado de subsanación de deficiencias de la Inspección Técnica del Edificio, en su caso.
- Cuando la actuación subvencionable consista en la redacción de documentación técnica:
- Copia de la documentación técnica contratada.
- Factura desglosada de los honorarios técnicos.
Donde solicitar las ayudas
Presencialmente en las oficinas de Surbisa en la calle Ronda número 6, para lo cual podrá solicitar una cita previa a través de la dirección de mail surbisaverde@surb.bilbao.eus o en el teléfono 944 159 955.
O por mail surbisaverde@surb.bilbao.eus
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