A la hora de registrar la información  tributaria requerida por AIRBNB para cumplir el mandato de hacienda, las viviendas en el  País Vasco están teniendo problemas a la hora de registrar la información catastral de la viviendas ¡SOLUCIONADO!

Normalmente no suelo hablar del funcionamiento de las plataformas tipo AIRBNB, pero en este caso ya son varios clientes que han hecho la legalización de su vivienda turística conmigo, que me han llamado para contarme este problema.

Como ya sabréis, con la entrada en vigor de la  Orden HFP/544/2018, de 24 de mayo, por la que se aprueba el modelo 179, «Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación,  las plataformas de alquiler turístico tipo AIRBNB, BOOKING, HOMEAWAY…tienen la obligación de comunicar a hacienda la siguiente información, trimestralmente desde enero de 2019:

  1. Identificación del titular o titulares de la vivienda, del titular del derecho en virtud del cual se cede la vivienda (si es distinto del titular de la vivienda) y de las personas o entidades cesionarias.
  2. Identificación del inmueble (dirección completa) con especificación de la referencia catastral, en el caso de que la tuvieran asignada.
  3. Número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos.
  4.  Importe percibido, en su caso, por el titular cedente del uso de la vivienda.
  5. Número de contrato en virtud del cual el declarante intermedia en la cesión de uso de la vivienda. (opcional)
  6. Fecha de inicio de la cesión.
  7. Fecha de intermediación en la operación. (opcional)
  8. Identificación del medio de pago utilizado (transferencia, tarjeta de crédito o débito u otro medio de pago). (opcional)

Para el ejercicio 2018, la presentación de la declaración informativa de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos tendrá excepcionalmente carácter anual, y su plazo de presentación será el comprendido entre el 1 y el 31 de enero de 2019.

Por ello, AIRBNB esta enviado a los Host de su plataforma un email pidiendo que  rellenen la información para la declaración tributaria antes del 31 de enero.

Cuando los Host entran para rellenar los datos, se encuentran con este formulario:

Dado que el País Vasco y Navarra tiene su propia fiscalidad, y su propio catastro, es donde empiezan los problemas a la hora de rellenar los datos.

¿Se aplica el decreto fiscal español a tu alojamiento? ¿Si o no?

En principio las Diputaciones Forales de Bizkaia, Gipuzkoa y Alaba deberían sacar su Decreto Foral para habilitar el Modelo 179 a la fiscalidad de dichas provincias. 

He sido incapaz de encontrar ese modelo en Vizcaya, Guipuzcoa y Alava. Por lo que no os puedo decir si tenéis que marcar si o no (seguiremos investigando)

Información catastral. Referencia catastral de la vivienda turística País Vasco

Como veis en la casilla, os sugiere una referencia que tiene 25 caracteres alfanuméricos, que seria lo normal para una referencia catastral de España, pero no en el caso del País Vasco que son de 6-8 caracteres alfanuméricos.

Ahora cuando se indica en el desplegable PAÍS VASCO, deja meter el numero de catastro. Si no sabéis el numero de catastro podéis consultarlo (con la dirección postal de la vivienda) en:

Catastro Bizkaia aquí

Catastro Gipuzkoa aquí

Catastro Alava aquí 

Con lo que al mete la referencia catastral solicitada, la plataforma no la reconoce.

Con lo que la solución es compleja, si bien la agencia tributaria indica que:

Pero tampoco funciona….o al menos hasta el día de hoy, así que ………………seguiremos investigando FUNCIONA