LEGALIZACIÓN CASA RURAL

  • Visita al edificio y toma de datos.
  • Recopilación de los datos del edificio aportados por el propietario
  • Análisis de la normativa del Ayuntamiento al que pertenezca el edificio.
  • Análisis de la normativa de alojamiento turístico en medio rural.
  • Consultas al Ayuntamiento para la autorización de la actividad de casas rural en el edificio.
  • Consulta a Turismo sobre la posibilidad de legalizar la actividad de casas rural en el edificio.
  • Comunicación al propietario vía e-mail de si el edificio es apto para la legalización de su edificio como casa rural.

Si el edificio es apto para la legalización de la actividad de casa rural, se continuara con el proceso de elaboración de la documentación necesaria:

  • Registro de la Declaración Responsable en Turismo.
  • Registro de la memoria justificativa del  cumplimiento de la normativa de accesibilidad y de la normativa de seguridad y de auto protección frente a situaciones de emergencia.
  • Realización de planos de emplazamiento, distribución, instalaciones, fachadas, secciones…firmado por arquitecto.
  • Registro de la relación de unidades alojativas.
  • Seguimiento del expediente hasta su conclusión.
  • Entrega de copia escrita del proyecto al propietario.

2.000* + iva

*Si a lo largo de la comprobación inicial, el edifico no se puede legalizar como casa rural, solo se cobrara 500 €