¿Tienes un bar, restaurante, hotel, agencia de viajes…? Esta subvención del Gobierno Vasco te puede ayudar a mejorar tu negocio.
Este 24 de mayo de 2017 se ha publicado la orden que regula y convoca ayudas de apoyo a la modernización y mejora de la competitividad de las empresas turísticas para el 2017.
Aquí os dejo el texto integro de la ORDEN de 24 de mayo de 2017, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regulan y convocan para el ejercicio 2017 las ayudas de apoyo a la modernización y mejora de la competitividad de las empresas turísticas, pero como siempre también os dejo el resumen con los puntos que más os pueden interesar.
subvenciones turismo MET2017Lo mas importante de estas ayudas al turismo, que incluyen a los bares y restaurantes es:
1.- ¿Que se subvenciona?
Se apoyarán las actuaciones que realicen las empresas ubicadas en el País Vasco que respondan a:
a) Iniciativas innovadoras en el sector turístico.
a.1) Implantación de soluciones basadas en las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), es decir, almacenamiento en la nube, cobro y pago seguro, gestión integral del negocio, gestión de servicios al cliente, gestión de reservas, comandas digitales, páginas web, dinamización del negocio en las redes sociales; publicidad y marketing online, tiendas virtuales, mi tienda online, etc.
La inversión mínima es de 3.000 euros. Se subvenciona el 25% de la inversión neta admitida hasta un máximo de 9.000 euros.
a.2) Mejora de la conectividad inalámbrica en los establecimientos de alojamiento turístico, es decir, infraestructura hardware y software de red necesaria, infraestructura de red eléctrica, subcontratación de servicios profesionales y la contratación de una nueva línea de acceso a Internet.
La inversión mínima es de 3.000 euros. Se subvenciona el 25% de la inversión neta admitida hasta un máximo de 15.000 euros.
a.3) La generación de nuevos modelos de negocios turísticos, así como la especialización de los ya existentes, que fomenten el uso respetuoso del patrimonio natural y cultural, es decir, utiliza energía renovables, realiza una gestión eficiente de la energía y el consumo del agua, utiliza tecnologías y procesos eco-eficientes, utiliza servicios y productos locales, fomenta y preserva el patrimonio cultural, natural…
Se apoyaran las obras de acondicionamiento de las instalaciones, la adquisición de mobiliario y equipamiento, la implantación de soluciones tecnológicas, y aquellas inversiones y gastos que sean necesarios para el desarrollo de los nuevos productos, servicios y/o negocios
La inversión mínima es de 4.000 euros. Se subvenciona el 20% de la inversión neta admitida hasta un máximo de 18.000 euros por proyecto..
b) La modernización y mejora de la oferta turística para hacerla más competitiva.
Las inversiones que se subvencionarán en este apartado serán las siguientes:
b.1.– Inversiones en establecimientos de alojamientos turísticos para incrementar su categoría, así como para mejorar la eficiencia en la gestión de los recursos energéticos y del agua.
La inversión mínima admitida de 30.000 euros. Se subvenciona el 30% de la inversión neta admitida hasta un máximo de 15.000 euros.
b.2.– Inversiones en bares, restaurantes, cafeterías y establecimientos de similar naturaleza, incluidos los servicios de comedor de los establecimientos de alojamiento turístico abiertos a las personas no alojadas en los mismos, para:
b.2.1– Inversiones en:
• Maquinaria: almacenamiento, manipulación y elaboración de alimentos.
• Iluminación.
• Climatización (ventilación, refrigeración, calefacción).
• Acondicionamiento y modernización de terrazas para su uso turístico durante todo el año.
• Limpieza del establecimiento: adquisición de equipamiento.
• Sistemas de control y regulación de los equipamientos que mejoren la eficiencia energética del establecimiento.
La inversión mínima admitida de 5.000 euros. Se subvenciona el 20% de la inversión neta admitida hasta un máximo de 12.000 euros,
b.2.2.– Reformas y/o ampliaciones de locales.
La inversión mínima admitida de 75.000 euros. Se subvencionará el 20% de la inversión neta admitida hasta un máximo de 18.000 euros.
c) Adecuación de los establecimientos turísticos a la normativa de accesibilidad vigente.
Se apoyaran las obras de adaptación, adquisición e instalación de equipamientos que requieran los establecimientos turísticos abiertos al público con anterioridad al 12 de diciembre de 2000 para adecuarse a la normativa de accesibilidad vigente en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Se subvencionará el 30% de la inversión neta admitida hasta un máximo de 15.000 euros.
2.- ¿Quién y qué negocios puede acceder a las subvenciones?
Podrán acceder a las ayudas las personas físicas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las empresas (microempresas y las pequeñas y medianas empresas) que pertenezcan a alguna de las tipologías siguientes:
a) Establecimientos de alojamiento turístico.
b) Restaurantes, bares, cafeterías y establecimientos de similar naturaleza.
c) Empresas turísticas de mediación.
d) Empresas de Transporte turístico.
e) Empresas de Turismo activo.
f) Empresas Profesionales Organizadoras de Congresos.
g) Guías de Turismo.
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