Este es el texto integro de las ayudas, y mas abajo os dejo lo mas destacable:

Estas ayudas están destinadas a fomentar el crecimiento y revitalización de las zonas rurales, en concreto en las zonas G3, G4 y G5, del Pais Vasco que son estas:

Ayudas relacionadas con el turismo, el alojamiento rural y los agroturismos

Dentro de estas ayudas, están las ayudas  actividades no relacionadas con el sector agrario pero que diversifiquen dicho sector. El concepto agrario incluye lo agrícola, lo ganadero y lo forestal, de conformidad con el apartado 1 del artículo 4 de la Ley 17/2008, de 23 de diciembre, de Política Agraria y Alimentaria.

La persona beneficiaria deberá ser agricultora a título principal (ATP) según la definición del apartado 14 del artículo 4 de la Ley 17/2008, de 23 de diciembre, es decir:

14. Agricultor o agricultora a título principal: el agricultor o agricultora profesional persona física que obtenga anualmente, al menos, el 50 % de su renta total de la actividad agraria ejercida en su explotación, y cuyo tiempo de trabajo dedicado anualmente a actividades directamente relacionadas con la explotación sea igual o superior a la mitad de su tiempo de trabajo total.

Se entiende que una persona jurídica ejerce la agricultura a título principal siempre que el 50 % de los socios o socias sean considerados individualmente agricultores o agricultoras a título principal, según lo señalado  anteriormente. Si son sociedades, salvo que la forma jurídica sea la sociedad civil, se requerirá además que las participaciones o acciones de sus socios o socias sean nominativas. En todo caso, en sus estatutos, o por  cuerdo de la asamblea general de socios, deberá preverse que si hubiera traspaso de títulos entre sus socios o socias  han de quedar garantizadas las condiciones anteriormente indicadas.

Estas ayudas a actuaciones subvencionables serian proyectos relacionados con el turismo, el alojamiento rural y los agroturismos, la prestación de servicios de turismo, tiendas, restaurantes, la oferta local y la alimentación.

Costes subvencionables a la hora de montar un agroturismo o alojamiento turístico en medio rural.

1.– Serán considerados costes subvencionables las inversiones y/o gastos realizados en las actividades objeto de las ayudas reguladas en la presente Orden desde el 1 de enero de 2021.
La existencia de gastos anteriores a dicha fecha supondrá la denegación de la subvención por implicar el inicio del proyecto.

2.– En el caso de las ayudas para la diversificación de la actividad económica y para la creación y desarrollo de microempresas, pequeñas y medianas empresas, se consideran costes subvencionables los siguientes:

a) La adquisición de bienes inmuebles vinculados al plan empresarial exceptuándose el valor del terreno. El valor del inmueble será el establecido por un tasador independiente y acreditado.

b) La construcción o rehabilitación de bienes inmuebles vinculados al plan empresarial

c) La compra y el arrendamiento financiero con obligación de compra de maquinaria y equipos nuevos hasta el valor de mercado del bien.

d) La compra de maquinaria y equipos de segunda mano vinculados a la nueva actividad que no hayan sido objeto de otras ayudas en los cinco años anteriores, salvo cuando la nueva adquisición se haga por razón de mejora tecnológica o de rendimiento.

e) Los costes generales vinculados a los gastos contemplados en los apartados b) y c), tales como honorarios de profesionales, hasta un máximo del 10 % del importe subvencionable correspondiente.

Documentación a aportar

En caso de que se vayan a realizar obras de construcción o rehabilitación deberá presentarse un certificado municipal justificativo de que para su ejecución se precisa, o no, proyecto técnico.

Si no precisase proyecto técnico, memoria o relación valorada con su presupuesto que detalle suficientemente desglosado el gasto a realizar, debiendo figurar claramente el coste de la ejecución de la obra y el del IVA correspondiente al mismo. Si precisase proyecto técnico, proyecto básico o proyecto de ejecución.

En caso de que se vayan a realizar obras de construcción o rehabilitación deberán presentarse los permisos y licencias necesarios para su ejecución o, en su defecto, informe urbanístico favorable.

Presupuestos y/o facturas proforma, excepto para la línea de creación de empleo. La no presentación de los tres presupuestos junto a la solicitud en los casos preceptivos supondrá que la inversión o gasto correspondiente no será tenido en cuenta para el cálculo del importe subvencionable.

Plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco hasta el 31 de enero de 2021

Cuantía de las ayudas, se concederán en función de la puntuación obtenida.

El porcentaje de ayuda a asignar a cada proyecto se materializará de acuerdo a la siguiente tabla

Adjudicación mediante la valoración de los proyectos se realizará de acuerdo a los criterios de las tablas siguientes, y únicamente a partir de los datos e informaciones recogidas en la Memoria para la Valoración del Proyecto que se adjunta como Anexo II y, en su caso, aquellos soportados documentalmente.

Desde MKR Soluciones te ayudamos con el tramite de solicitud de la Licencia de Agroturismo y en conseguir las ayudas necesarias