Para todos los que ya sois «legales» como vivienda turística, con la entrada en vigor del nuevo Decreto 101/2018 tenéis hasta Enero de 2019 para adaptaros al nuevo Decreto de aplicación para las viviendas turísticas.

Como este decreto cambia algunas de las condiciones para ser vivienda turística, integra o por habitaciones, lo primero que tendremos que hacer es verificar si cumplimos con los nuevos requerimientos, que serian:

  1. La vivienda turística tiene que cumplir con:
    1. 1 baño por cada 4 plazas ofertadas.
    2. Las habitaciones tienen que tener  fuente de iluminación natural y ventilación directa al exterior o a patio ventilado.
    3. El número máximo de ocupantes de la vivienda, incluyendo, en su caso, personas residentes y usuarias, se determinará en aplicación de los siguientes ratios:
  1. Una vivienda para 1 persona deberá disponer como mínimo de 25 metros cuadrados útiles de superficie.
  2. Una vivienda para 2 personas habrá de contar como mínimo con 33 metros cuadrados útiles de superficie.
  3. Una vivienda para 3 o más personas deberá disponer como mínimo de 15 metros cuadrados útiles de superficie por persona.
  4. A estos efectos no se computarán las superficies de terrazas, balcones o tendederos.
  5. No podrán ofertar más de 8 plazas en total, incluyendo entre ellas a las personas que tengan su residencia efectiva en la vivienda.
  1. La vivienda turística tiene que estar equipada con:
    1. Un plano con indicación de las salidas al exterior, en el que consten sus distintas dependencias y el número de plazas de cada habitación
    2. Información sobre localización y teléfono de los servicios de bomberos, policía y atención sanitaria más próximos, así como la indicación del número de teléfono 112 de atención de emergencias.
    3. Un extintor manual.
    4. Un botiquín de primeros auxilios.
    5. Manuales o instrucciones de funcionamiento de las instalaciones con que cuente la vivienda, así como cualquier otra información relevante sobre sus concretas condiciones de seguridad y las medidas a adoptar, con la finalidad de evitar cualquier riesgo derivado de su uso normal.
    6. Información que sea necesaria sobre las normas de funcionamiento de los elementos y servicios o instalaciones comunes con que cuente el edificio, con objeto de que puedan utilizarlos de forma adecuada.
    7. Poner a disposición de las personas usuarias un servicio de atención telefónica, con objeto de poder atender y resolver las consultas e incidencias que se produzcan en relación con el alojamiento, con un horario mínimo de 08:00 a 22:00 horas, de lunes a domingo.
    8. Han de exhibir en el exterior del edificio, en un lugar de fácil visibilidad, el distintivo oficial que se ajustará al modelo oficial que la identifique como vivienda o habitación de vivienda particular para uso turístico.
    9. Además del distintivo exterior, deberá exhibirse otro distintivo en el interior del edificio, junto a la puerta de entrada de la vivienda y que se ajustará al modelo oficial.
    10. La persona titular de la actividad está obligada a contratar una póliza de seguro de responsabilidad civil que garantice los daños a la salud o a la seguridad física de las personas usuarias de  cuantía mínima del capital asegurado de 35.000 euros por plaza y que el seguro firme el certificado de seguro que ha emitido el Gobierno vasco
    11. Se deberá de disponer de un Libro de Hojas de Reclamaciones.
    12. Tramitar el Libro de visitas en la Ertzaintza.

Respecto al certificado del seguro, os dejo el pdf con dicho certificado que tiene que ser firmado por vuestra compañía de seguros, para indicar que cumple con los requisitos del Decreto 101/2018, os lo dejo aquí.

certificado seguro RC

Respecto a las placas el diseño esta en el Decreto 101/2018, pero os lo dejo aquí, junto con las especificaciones que nos ha indicado Turismo.

Especificaciones Técnicas:

  • el grosor del marco del distintivo exterior de las viviendas para uso turístico. Consultado el expte, te confirmo que el grosor es de 10 mm.
  • Tamaño del texto VT es de 350 pt (en Bodoni 72)
  • Tamaño del texto “Vivienda para uso turístico” y “ Erabilera turistikoko etxebizitza” es de 27 pt (también Bodoni 72)
  • Tamaño del texto en el que se indican los pisos donde se sitúan las viviendas (en el modelo publicado 6C, 3ªDcha, 7.B) es 22pt (también Bodoni 72)
  • La altura total de la placa es de 200mm
  • La anchura total de la placa de 200mm

Respecto al material puede ser cualquiera que, tal y como indica en el anexo II del Decreto 101/2018, sea metálico o igualmente rígido. Si el aluminio es un material rígido como el metal sería válido.

Toda la documentación exigida, tendrá que estar en la vivienda para poder ser revisada el día de la inspección.

Así que os dejo paso a paso el procedimiento telemático, para ello tendréis que tener preparado la siguiente documentación:

  1. Certificado digital (DNI electrónico, IZENPE…)
  2. Lector de certificado digital
  3. Plano a escala realizado por técnico en soporte pdf
  4. Fotos del interior y el exterior de la vivienda con las placas identificativas de vivienda turística colocadas en el portal y en la vivienda.
  5. Copia del último recibo (en vigor) de la prima de seguro de responsabilidad civil
  6. Copia del certificado de seguro de responsabilidad civil
  7. Fotocopia de DNI del titular de la actividad
  8. Documentación acreditativa del poder de representación de la persona solicitante (solo en el caso de que el registro lo haga otra persona que no sea la titular de la actividad).

PASO 1

Una vez que tengáis toda la documentación preparada, entráis en la sede electrónica de turismo en el apartado de Declaración responsable de inicio de actividades turísticas, que podéis acceder directamente desde aquí:

Aquí podéis entrar como Titular o como Representante.

En el caso de representante, este deberá estar autorizado por el titular de la actividad, rellenando este formulario

PASO 2

Al entrar os preguntara información sobre el titular de la actividad

Si habéis entrado como Titular, los datos se rellenaran automáticamente.

PASO 3

En la pestaña de Canal de notificación y comunicación, podéis elegir que os lo comuniquen por carta o por vía telematica.

¡Cuidado! Si elegís la vía telematica solo tenéis 10 días naturales para subsanar la documentación

PASO 4

En la pestaña de Datos para recibir avisos podéis añadir tantas cuentas de coreo como teléfonos para recibir e-mails o SMS de notificación

PASO 5

En la pestaña de Datos de Actividad, tenéis que poner los datos del numero de registro de vuestra vivienda ya inscrita en el REATE

PASO 6

En la pestaña de Información a efectos de su inclusión en los catálogos promocionales podéis especificar los periodos en los que tenéis preferencia en el alquiler de la vivienda

En la pestaña de Datos de vivienda para uso turístico indicamos el numero total de plazas, de cuartos de baño y la superficie útil de la vivienda.

Acordaros que tiene que haber un cuarto de baño por cada 4 plazas.

PASO 7

En la pestaña de Declaraciones responsables tenéis que aceptar todas las casillas, es la manera de aceptar los términos de la declaración responsable

PASO 8

Una vez que completáis todas las pestañas anteriores, se pasa a la fase 3 de adjuntar los documentos.

Esta fase sera muy sencilla si tenéis todos los documentos preparados, ya que basta con darle al clip y localizar los archivos.

PASO 9 y ¡ultimo!

Ahora solo falta firmar digitalmente el envío de la documentación y……. ¡listo!

Después de que el técnico de turismo analice la documentación y este todo correcto, probablemente se os hará una inspeccion en la vivienda.

por lo que tendréis que tener en la vivienda toda la documentación para poder ser examinada, y tener la vivienda dotada con los elementos obligatorios (botiquín, extintor, placas, manuales instrucciones, plano evacuación….)