Superficie útil, construida…¿Que diferencia hay entre ellas?

Los que estamos metidos en el mundo de la construccion no nos damos cuenta de la cantidad de términos arquitectónicos que usamos que para nosotros están muy claros, pero para la gente que no pertenece al «mundillo» es ruso cerrado.

Intentare  aclarar términos del glosario arquitectónico para que poco a poco podáis tener mas claros estos palabros.

Empezare con superficie construida y útil, que son términos que se usan casi a diario pero que mucha gente no tiene claro la diferencia y cuando se tiene que utilizar.

Superficie construida

La superficie construida es el área del polígono exterior que delimita la vivienda, incluyendo tabiques, fachadas y hasta el eje de las medianeras.

Incluyen los tabiques (paredes separadoras de habitaciones), estructura, fachadas y medianeras hasta la mitad del espesor.

Superficie útil

La superficie es la superficie de las habitaciones que podemos pisar, es decir, no cuenta ni los tabiques, ni la estructura, …

Ojo que en esta superficie útil, que he dicho que es la que se puede pisar, también está incluidos los armarios empotrados, que aunque no se puede pisar sí que los utilizamos.

Si se trata de un edificio sujeto al régimen de propiedad horizontal, existe un tercer concepto de superficie:

Superficie construida con reparto de zonas comunes

Es la superficie construida  más la parte proporcional de la superficie construida de todas las zonas comunes del mismo edificio, obtenida por aplicación de la cuota de participación establecido por los estatutos de la comunidad de propietarios.

Por tanto incluye todos los espacios construidos de la finca en cuestión, más una parte de las zonas comunes (portal, escalera, cuartos de instalaciones, torreón, etc) del edificio donde se ubica.

 

Cada una de los tipo de superficies se suelen usar  para diferentes cuestiones, es decir:

  • Pago del IBI: Se hace en función del valor catastral que depende de la superficie construida con comunes.
  • Cuota de participación comunidad vecinos: En el artículo 5 de la Ley de Propiedad Horizontal  se indica que en el título constitutivo de la propiedad se fijará la cuota de participación que corresponde a cada piso o local,  se tomará como base la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble.
  • Notario y Ayuntamiento:  Tanto para escriturar la vivienda como con obtener la licencia te van a exigir saber cuál es la superficie construida y te van a cobrar en función de ella.
  • Compra o alquiler: No es lo mismo comprar una casa de 50 m² útiles que construidos. La superficie útil nos permite tener mas claro el espacio del que dispone la vivienda, de uso.

Estos términos son muy importante dado que dependiendo de si hablamos de superficie útil, construida o construida con reparto de zonas comunes, el valor puede  variar   entorno al 15-25%.

Lo que supondrá una gran diferencia a la hora de pagar IBIs, derramas de la comunidad de vecinos, escrituras…

Espero que ahora tengas un poquito mas claro la diferencia.